EVOLUCION DEL SISTEMA FINANCIERO HONDUREÑO
Evolución del Sistema Financiero Hondureño
Desde 1868 existen indicios de los primeros intentos por fundar el Banco Central de Honduras y regular la actividad bancaria del país. A estos intentos le siguen el de 1891, durante el gobierno del Don Ponciano Leiva, orientado a fundar un Banco Nacional con la estructura de un Banco Central, para atender las necesidades del Estado. Posteriormente, en 1918, durante el período presidencial de Don Francisco Bertrand, se intentó fundar un banco de emisión, depósito y descuento, que se denominaría “Banco de la República de Honduras”, proyecto que no prosperó. Sin embargo, se declaró como moneda de curso legal la moneda de Estados Unidos de Norteamérica, y se estableció como patrón el oro en sustitución del patrón plata sin vigencia desde 1879. El dólar fue la moneda oficial hasta 1926, cuando el gobierno del Dr. Miguel Paz Barahona, mediante el decreto N° 102 del 3 de abril de 1926, adoptó el lempira como moneda nacional, y se ratificó el tipo de cambio de dos lempiras por un dólar estadounidense.8
La conferencia financiera internacional celebrada en Bruselas en 1920, aprobó una resolución que recomendaba que todos los países que aún no habían fundado un Banco Central procedieran a hacerlo de inmediato, con el propósito de facilitar la restauración y mantenimiento de la estabilidad monetaria y financiera, así como beneficiarse de la cooperación internacional. En este contexto, al no contar Honduras con un banco central, solicitó una misión internacional para tal efecto, la cual arribó en octubre de 1920 y propuso un plan para la creación del Banco Central de Honduras. El proyecto, no obstante, fue rechazado por el Congreso Nacional. La idea de fundar el Banco Central siguió latente y el entonces presidente de la república, Miguel Paz Barahona, se interesó nuevamente por el proyecto en 1926, y emitió un decreto para que se negociara en el extranjero y se estableciera el Banco de la República, con una concesión de 50 años, proyecto que tampoco llegó a ponerse en práctica.
Posteriormente, el presidente Tiburcio Carias Andino, mediante decreto N° 80 del 11 de Marzo de 1937, aprobó la primera Ley para Establecimientos Bancarios, que contemplaba la creación del Banco Central de Honduras. Dicha ley establecía la creación de un Departamento de Vigilancia Bancaria adscrito a la Secretaría de Hacienda, equivalente a una superintendencia de bancos, el cual se encargaría de la inspección y vigilancia de las instituciones bancarias en todo el territorio nacional. Previo a esta ley no existía ninguna regulación que homologara las funciones de los bancos comerciales existentes hasta esa época.
En 1942 la Sociedad de Peritos Mercantiles y Contadores Públicos de Honduras presentó al Presidente Tiburcio Carias Andino un proyecto para la creación de la Ley Constitutiva del Banco Central de Honduras, el cual no prosperó. En 1944 se fundó el Fondo Monetario Internacional (FMI) y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), cuya misión era promover la estabilización monetaria a nivel internacional y fomentar proyectos de desarrollo, respectivamente. Para obtener los beneficios de estas instituciones se requería de la existencia de un Banco Central; fue en 1949, bajo el gobierno del presidente Juan Manuel Gálvez, Honduras solicitó al FMI el envió de una nueva misión que efectuara el estudio de la legislación necesaria para fundar el Banco Central de Honduras y establecer el sistema tributario del país.
Como resultado del trabajo de esta misión y de una comisión mixta nombrada por el Congreso de la República, en el mes de febrero de 1950 fueron aprobadas: la Ley Monetaria (Decreto N° 51), la Ley de Banco Central (Decreto N° 53), la Ley para Establecimientos Bancarios (Decreto N° 63), la Ley del Banco Nacional de Fomento (Decreto N° 71) y la Ley de Organización de la Banca Nacional (Decreto N° 72).
El Banco Central comenzó a funcionar a partir del 1 de julio de 1950, y al momento de su fundación ya existían cuatro bancos comerciales. Con esta nueva legislación se atribuyó al Banco Central de Honduras la función de vigilancia bancaria, y al efecto se organizó la Superintendencia de Bancos, como una dependencia de la institución. En 1958, el Congreso Nacional trasladó las funciones de vigilancia y control de las instituciones bancarias a la Secretaría de Economía y Hacienda y la Superintendencia de Bancos pasó a depender del Ministerio de Hacienda. En 1959, sin embargo, la Superintendencia regresó nuevamente al Banco Central de Honduras.